Residencia · 29 oct 2026 · 24 min de lectura

Británicos residentes en España: cambiar el certificado verde por la TIE con el EES en marcha

Olga Caballero & Co. Olga Caballero & Co.Despacho de abogados · Tenerife y Fuerteventura

Un matrimonio de Leeds que compró en Costa Adeje en 2016 y se inscribió como residente la primavera siguiente. En un cajón guardan el certificado verde en tamaño A4 que la policía les entregó entonces, y nunca han necesitado otra cosa: el banco, el centro de salud y el ayuntamiento lo aceptaron siempre. En abril de 2026 volvieron en avión desde Mánchester y el agente de Tenerife Sur les pidió una tarjeta de residencia, les tomó las huellas y una fotografía y les dijo que sus noventa días habían empezado a contar. Nada había cambiado en su derecho a vivir aquí; lo que había cambiado era la frontera. Esta nota explica por qué, qué da de verdad el Acuerdo de Retirada a un residente británico, qué es el documento español llamado TIE, cuál de las seis situaciones de la instrucción española es la suya, cuánto cuesta y cuánto tarda la cita, cómo funcionan las renovaciones, cuánto tiempo puede estar fuera y qué dejar resuelto antes de pedir hora. Las citas van en español con su lectura; el matrimonio es inventado, las reglas no, y cada fecha se da tal como estaba el 21 de octubre de 2026.

Dos documentos, un solo derecho

El derecho nace del Acuerdo de Retirada entre el Reino Unido y la Unión Europea, en vigor desde el 1 de febrero de 2020, y pertenece a un grupo definido. Entre ellos, en el artículo 10, están los nacionales del Reino Unido que hayan ejercido su derecho de residencia en un Estado miembro con arreglo al Derecho de la Unión antes del final del período transitorio y sigan residiendo en él después de este período: los nacionales británicos que ejercieron un derecho de residencia en un Estado miembro con arreglo al Derecho de la Unión antes del final del periodo transitorio, el 31 de diciembre de 2020, y que siguen residiendo en él. Sus familiares están cubiertos con ellos, incluidos algunos que llegan después. El artículo 39 es el que casi nadie ha leído y debería: Las personas amparadas por la presente parte gozarán de por vida de los derechos previstos en los títulos pertinentes de la presente parte, salvo que dejen de cumplir las condiciones establecidas en dichos títulos. La protección es de por vida, mientras se sigan cumpliendo las condiciones.

El Acuerdo dio a cada Estado una elección sobre el papeleo. España tomó la segunda vía, la del artículo 18.4, y así lo dijo en la instrucción conjunta de la Dirección General de Migraciones y la Dirección General de la Policía publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de julio de 2020: el Gobierno de España ha optado por la aplicación del artículo 18.4 Por esa vía nadie tuvo que solicitar una nueva condición. Las palabras de la propia instrucción son las que la Embajada británica sigue citando ante bancos y ventanillas: los residentes británicos y sus familias no tendrán la obligación de solicitar una nueva condición de residente ni someterse, por tanto, a un nuevo proceso de documentación, pero tendrán el derecho a recibir, de conformidad con las previsiones de la Directiva 2004/38, un documento de residencia que expresamente recoja su condición de beneficiario del Acuerdo de retirada Ninguna obligación de volver a solicitar, pero sí el derecho a un documento que los nombre beneficiarios. Las preguntas y respuestas del propio Ministerio lo resumen en una línea: No está obligado a solicitar el nuevo documento de residencia para seguir residiendo en España.

Por eso hoy conviven dos documentos. El primero es el certificado de registro de ciudadano de la Unión, la hoja verde en A4 o el papel verde del tamaño de una tarjeta, expedido a los residentes británicos cuando todavía eran ciudadanos de la Unión y que, según la instrucción, sigue siendo prueba de sus derechos; es el mismo certificado que reciben ahora los ciudadanos de la UE que se instalan en las islas, como explica nuestra nota sobre los ciudadanos de la UE que se trasladan a Canarias. El segundo es el documento de residencia del artículo 18.4, que España expide en el formato de una tarjeta de identidad de extranjero, la TIE. Los dos prueban el mismo derecho dentro de España. Solo uno de ellos lo leen las máquinas de la frontera.

La TIE «artículo 50 TUE»: qué es y cuánto dura

La tarjeta no es una TIE cualquiera. La decisión de ejecución de la Comisión de 21 de febrero de 2020 fijó un formato común para los documentos del artículo 18 en toda la Unión, y la instrucción española lo aplicó: la tarjeta se expide en el modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países y en el campo correspondiente al Tipo de permiso deberá figurar «artículo 50 TUE», es decir, el tipo de permiso debe decir «artículo 50 TUE», con una mención en el campo de observaciones de que fue emitido de conformidad con el artículo 18.4 del Acuerdo de retirada, emitida conforme al artículo 18.4 del Acuerdo. Esas palabras son las que un agente de fronteras de Lisboa o de Múnich está entrenado para buscar.

Su validez sigue las dos clases de residencia del Acuerdo. La instrucción decidió que se ha decidido que los documentos de residencia temporales tendrán una vigencia de 5 años y los permanentes de diez años: cinco años para quien todavía no ha completado cinco años de residencia legal, diez para quien sí. La residencia permanente es un concepto del propio Acuerdo, en su artículo 15: quienes que hayan residido legalmente en el Estado de acogida con arreglo al Derecho de la Unión por un período continuado de cinco años tienen derecho a residir permanentemente, y los periodos anteriores y posteriores al final de la transición se suman. La tarjeta marcada «Permanente» documenta ese derecho; no lo crea, y perder u olvidar la tarjeta no lo toca.

Las cifras dicen cuántos han hecho el cambio. El observatorio estadístico del Ministerio contó, para toda la operación, que Desde julio de 2020 hasta diciembre de 2025, se han concedido 250.713 documentos de Acuerdo de Retirada a personas británicas y sus familiares: 250.713 documentos del Acuerdo de Retirada concedidos a británicos y a sus familiares entre julio de 2020 y diciembre de 2025. La misma página añade, en palabras del Ministerio, que esta estadística ha dejado de actualizarse al desaparecer la situación que la justificaba, la serie se ha detenido porque ya no existe la situación que la justificaba. Nadie publica cuántos certificados verdes siguen en los cajones; la guía de la Embajada británica los considera lo bastante frecuentes como para mantener una sección entera sobre el cambio.

El Sistema de Entradas y Salidas: por qué la tarjeta importa ahora en la frontera

El Sistema de Entradas y Salidas es el registro de la Unión de los viajeros de fuera de la UE en estancias cortas. Lo creó el Reglamento (UE) 2017/2226, y la propia página de la Comisión recoge las dos fechas que importan: On 30 July 2025, the Commission set 12 October 2025 as the launch date for the progressive start of operations of the Entry/Exit System (EES). The system became fully operational on 10 April 2026. El inicio progresivo era un concepto jurídico, no una cortesía: el Reglamento (UE) 2025/1534 lo definió como el período de 180 días a partir de la fecha en que el SES vaya a entrar en funcionamiento según lo decidido por la Comisión, un periodo de 180 días desde la fecha fijada por la Comisión, durante el cual los Estados miembros aún podían sellar pasaportes en algunos pasos. Desde el 10 de abril de 2026 el sello ha desaparecido, y las entradas y salidas de un visitante británico se registran con imagen facial y huellas contra los noventa días en cualquier periodo de ciento ochenta, que nuestra nota sobre la regla 90/180 tras el EES explica día a día. El 21 de octubre de 2026 la página de la Policía Nacional sobre el sistema todavía abre con el aviso de la fase progresiva, Tenga en cuenta que el Sistema de Entradas y Salidas se está implantando progresivamente, un recordatorio de que las páginas oficiales van por detrás de la frontera.

Un residente no es un viajero de estancia corta, y el Reglamento dice quién queda fuera del sistema. El artículo 2.3 excluye, entre otros, a los titulares de los permisos de residencia del artículo 2, punto 16, del Reglamento (UE) 2016/399 distintos de los contemplados en las letras a) y b) del presente apartado, los titulares de permisos de residencia tal como los define el Código de fronteras Schengen, y la definición de ese Código empieza por todo permiso de residencia expedido por los Estados miembros siguiendo el modelo uniforme establecido por el Reglamento (CE), todo permiso expedido en el modelo uniforme de la Unión. La TIE del artículo 18.4 es exactamente eso: un permiso de modelo uniforme. El certificado verde no lo es; se diseñó para ciudadanos de la Unión, que nunca necesitaron permiso, y no encaja en la definición que lee la frontera.

La guía del Gobierno británico, que es el texto que la mayoría de nuestros clientes tiene en la mano, saca la consecuencia sin rodeos. Su página sobre vivir en España dice: If you have a ‘green’ certificate (Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea), you will need to register with the EES. Y: The TIE is the only valid residency document listed in the Withdrawal Agreement. Su página sobre inscribirse y obtener la TIE, publicada el 22 de diciembre de 2025, dice del certificado verde que bajo el EES will not be accepted as proof of legal residency status at Spanish or other Schengen borders. Es un cambio de criterio, y conviene decirlo con claridad. A principios de 2024 la Embajada británica en Madrid hizo circular una carta, todavía descargable en el mismo sitio, que decía del certificado verde que this document exempts UK nationals from the upcoming Entry Exit System (EES). La guía se cambió el 21 de marzo de 2025, antes de que el sistema arrancara, para decir lo contrario. La carta sigue siendo cierta en cuanto al derecho; ya no lo es en cuanto a la frontera.

Lo que el matrimonio de Leeds encontró en Tenerife Sur se deduce de aquí. El agente vio un pasaporte británico y ningún permiso que el sistema reconozca, así que el sistema los trató como visitantes: huellas tomadas, una entrada registrada, un reloj de noventa días en marcha. No se les quitó nada en derecho, y un agente al que se le muestra un certificado verde puede dejar pasar al residente por su fuerza, y a menudo lo hace; pero el registro creado ese día es un registro de visitante, y en un viaje posterior el sistema puede contarlos como personas que han excedido la estancia. Para un residente, la exención tiene que ser visible para la máquina, y solo la tarjeta lo consigue. Nuestra nota para visitantes de fuera de la UE sobre el EES y el ETIAS cubre el lado de los viajeros.

En qué caso está usted

La instrucción no tiene un procedimiento sino seis, y lo primero que hay que fijar es cuál es el suyo. Para un nacional británico las líneas divisorias son si tiene o no un certificado de registro, si es temporal o permanente y si ha completado cinco años. Para un familiar que no es británico ni ciudadano de la UE las líneas son las mismas, trazadas sobre la tarjeta de familiar. La instrucción enuncia el diseño en una frase: obtener el documento requerirá un paso (ante las dependencias policiales que se habiliten que lo expedirán, previo pago de las tasas establecidas) o dos pasos (ante la oficina de extranjería que concederá, en su caso, el documento de residencia y, después, ante la dependencia policial que se habilite que expedirá el documento, previo pago de las tasas establecidas): un paso ante la policía, o dos pasos, primero la oficina de extranjería y después la policía. La tabla pone los casos uno junto a otro.

Su documento hoy Qué pide, dónde y qué obtiene
Certificado verde temporal y menos de cinco años en España Un paso, en la policía: la TIE marcada «Temporal», válida cinco años; desde el quinto año puede pedirse la tarjeta de diez años antes de que caduque
Certificado verde temporal y cinco años o más Un paso, en la policía, que verifica la duración de la residencia: la TIE marcada «Permanente», válida diez años
Certificado verde permanente Un paso, en la policía: la TIE de diez años marcada «Permanente»
Sin certificado, residente antes del 31 de diciembre de 2020 Dos pasos: la oficina de extranjería resuelve sobre la prueba de residencia, medios y cobertura sanitaria en tres meses; la policía expide la tarjeta, pedida en el plazo de un mes
Un familiar con tarjeta de familiar temporal Un paso, en la policía: una tarjeta de cinco años, o de diez una vez completados los cinco
Un familiar sin tarjeta, o que se reúne ahora con el residente británico Dos pasos: la oficina de extranjería, con el vínculo familiar probado y el documento del familiar británico; después la policía
Una TIE de cinco años que llega a su caducidad Una renovación: la tarjeta se reexpide por diez años y se marca «Permanente»
Una TIE de diez años que llega a su caducidad Una renovación por otros diez años; perder la ventana nunca cuesta el derecho

Dos recordatorios de la instrucción deciden muchos casos límite. El primero es sobre fechas: Se presumirá que el inicio de la residencia legal en España se ha producido en la fecha de expedición del certificado de registro temporal si este se hubiese emitido, la residencia legal se presume iniciada el día en que se expidió el certificado temporal. El matrimonio de Leeds se inscribió en la primavera de 2017, así que sus cinco años se cumplieron en 2022 y están en la segunda fila: una visita a la policía y una tarjeta de diez años, diga lo que diga su viejo certificado. El segundo es sobre las ausencias: el Acuerdo no exige presencia física al final de 2020, y las autoridades deben aceptar ausencias temporales que no afecten al derecho de residencia, así como ausencias más prolongadas que no afecten al derecho de residencia permanente, ausencias temporales que no afectan al derecho de residencia y otras más largas que no afectan a la residencia permanente, tanto para la primera expedición como para cada renovación.

La cita, los papeles y la tasa

Para los casos de un paso la instrucción enumera cuatro cosas, y no han cambiado desde 2020. El impreso es Impreso de solicitud -EX 23 Solicitud de tarjeta (art. 18.4 Acuerdo de Retirada), la solicitud de tarjeta EX-23; un pasaporte en vigor y, si ha caducado, una copia junto con la solicitud de renovación; el justificante de la tasa, Impreso acreditativo del abono de la tasa correspondiente (modelo 790, código 012), el modelo 790 código 012; y una fotografía con los requisitos del documento nacional de identidad. La tasa la fija la propia tabla de la policía, fechada en su página el 21 de octubre de 2026, bajo la línea TIE asociada al Acuerdo de Retirada de ciudadanos británicos y sus familiares: 12,00 €, lo mismo que el certificado de registro al que sustituye. Es el Acuerdo funcionando tal como se escribió, porque el artículo 18 exige que el documento se expida con carácter gratuito o mediante pago de una tasa que no rebase la impuesta a los ciudadanos o nacionales del Estado de acogida por la expedición de documentos similares, gratis o por no más de lo que paga un español por un documento similar; la TIE ordinaria de una primera autorización de residencia cuesta 16,08 € en la misma tabla y la de renovación 19,30 €. El impreso de la tasa se genera y se paga antes de la cita, y la tarjeta se recoge en persona en una segunda visita, pasaporte en mano.

La cita en sí es la parte difícil, y el Gobierno británico lo dice en su guía: It can be difficult for some British nationals in Spain to get an appointment to apply for or renew their TIE. En Tenerife y Fuerteventura los casos de un paso van a las comisarías que tramitan la documentación de extranjeros, en Santa Cruz, en el sur de Tenerife y en Puerto del Rosario, a través del sistema nacional de cita previa; los casos de dos pasos empiezan en la oficina de extranjería de la provincia, en persona o por medios electrónicos, y solo después llegan a la policía. Cuando no aparece cita durante semanas, la guía enumera las vías que existen: revisar el sistema a diario, usar una identidad digital para alcanzar huecos que se abren a horas raras, acudir a un profesional y presentar una queja ante la Delegación del Gobierno de la provincia y, después, ante el Defensor del Pueblo. Nosotros usamos todas.

Los casos de dos pasos llevan su propio reloj. El resguardo de la oficina de extranjería importa desde el primer minuto: se entregará de forma inmediata un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud del documento de residencia, que será suficiente para acreditar su situación de estancia legal hasta la entrega de este, un resguardo que acredita la estancia legal hasta que se entregue la tarjeta. Después viene la resolución, la resolución sobre el documento de residencia se dictará y notificará en el plazo máximo de tres meses, en tres meses como máximo; y entonces el solicitante debe moverse, porque En el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución sobre el documento de residencia, deberá solicitar, personalmente, su expedición: un mes desde la notificación para pedir la tarjeta a la policía. Una denegación no es el final; la instrucción prevé que las resoluciones de la oficina podrán ser objeto de recurso de alzada ante la persona titular de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente, un recurso de alzada ante la Delegación del Gobierno, con los tribunales después.

Renovar, viajar mientras se renueva y cuánto tiempo puede estar fuera

Las primeras tarjetas expedidas desde julio de 2020 llevan caducando desde el verano de 2025, y por eso las reglas de renovación se han vuelto de pronto prácticas. La regla sexta de la instrucción da dos resultados. Para el titular de una tarjeta temporal, se expedirá un documento de residencia por diez años, renovables de forma automática cada diez años: una tarjeta de diez años, renovable automáticamente cada diez años, marcada «Permanente». Para el titular de una tarjeta permanente, otros diez años. El calendario es preciso: la solicitud se presenta durante el mes anterior a la caducidad del documento de residencia, pudiendo también presentarse dentro de los tres meses posteriores a dicha fecha de caducidad sin perjuicio de la sanción administrativa que corresponda, en el mes anterior a la caducidad o en los tres meses posteriores, esto último con posible sanción. Y después la frase que responde a la pregunta que más nos hacen los clientes: La no presentación de solicitud de renovación del documento de residencia en los plazos establecidos en el apartado 2 no supondrá en ningún caso pérdida de su derecho de residencia permanente. Perder la ventana de renovación nunca cuesta la residencia permanente. Cuesta una tarjeta, una multa y, desde abril, problemas en la frontera.

Viajar entre la solicitud y la nueva tarjeta es el hueco que el sistema ha encarecido. La guía británica es breve al respecto: If you need to leave Spain while waiting for your TIE renewal, you must apply for an ‘Autorización de Regreso’. La autorización de regreso es un documento policial que permite al titular volver a entrar en España mientras se fabrica la tarjeta, y una aerolínea puede negar el embarque a un pasaporte británico con una tarjeta caducada y sin autorización. La Comisaría General de Extranjería y Fronteras vio venir el problema a finales de 2025 y, según los profesionales que publicaron su contenido, dictó una instrucción el 20 de noviembre de 2025, vigente del 24 de noviembre de 2025 al 11 de enero de 2026, que permitió a los residentes británicos con tarjetas en renovación viajar en Navidad con un régimen más ligero por tierra y mar e insistió en la autorización por vía aérea. Fue una medida de temporada y ha decaído; el hueco que atendía, no.

Cuánto tiempo puede estar fuera lo rige el Acuerdo, no la tarjeta. Antes de la residencia permanente, la continuidad se mide con la regla de la directiva de libre circulación, que el Acuerdo adopta en su artículo 15.2 y que la directiva enuncia en su artículo 16.3: La continuidad de la residencia no se verá afectada por ausencias temporales no superiores a un total de seis meses al año, ni por ausencias de mayor duración para el cumplimiento de obligaciones militares, ni por ausencias no superiores a doce meses consecutivos por motivos importantes como el embarazo y el parto, una enfermedad grave, la realización de estudios o una formación profesional, o el traslado por razones de trabajo a otro Estado miembro o a un tercer país. Seis meses al año, o doce meses consecutivos por un motivo importante, y los cinco años siguen corriendo. Una vez adquirida la residencia permanente, el Acuerdo es más generoso que la directiva de la que toma la regla: Una vez adquirido, el derecho de residencia permanente solo se perderá por ausencia del Estado de acogida durante más de cinco años consecutivos. Más de cinco años consecutivos fuera, y solo eso, la extingue. Un matrimonio jubilado que pasa siete meses de cada año en Yorkshire no está perdiendo su derecho permanente; está, bajo el Sistema de Entradas y Salidas, pasando esos meses como visitante a menos que la tarjeta de su cartera diga otra cosa.

Familiares y llegadas tardías

La protección del Acuerdo se extiende a los familiares, y la instrucción española los documenta con la misma tarjeta. Un cónyuge o pareja registrada, un hijo o un progenitor a cargo que vivía en España con el residente británico antes del final de 2020 está cubierto; también lo está, por el artículo 10.1.e, quien vivía entonces en otro lugar y se reúne ahora con el residente británico, siempre que el vínculo familiar existiera antes del final del periodo transitorio, y también un hijo nacido o adoptado después. Para un familiar que no es británico ni ciudadano de la UE, la regla quinta de la instrucción es espejo de la cuarta: el titular de una tarjeta de familiar temporal o permanente acude a la policía en un paso; quien no tiene tarjeta, o llega ahora, solicita primero en la oficina de extranjería, en el impreso EX-21, con Documentación acreditativa, en su caso debidamente traducida y apostillada o legalizada, de la existencia del vínculo familiar, matrimonio o unión registrada que otorga derecho a la tarjeta, la prueba del matrimonio, la pareja o el parentesco, traducida y apostillada cuando haga falta, y el certificado o la tarjeta del propio familiar británico. La duración de su tarjeta sigue la del familiar británico: cinco años mientras este tenga menos de cinco años de residencia, diez cuando tenga más.

Las llegadas tardías tienen un plazo que la primera oleada nunca tuvo. Para quien adquiere el derecho de residencia después del periodo transitorio, la instrucción fija que el plazo para presentar la solicitud será de tres meses desde su llegada a España o desde que se produzca el nacimiento, tres meses desde la llegada o desde el nacimiento, con prórroga cuando el retraso esté justificado. Y un nacional británico que vivía aquí antes de 2021 pero nunca se inscribió no queda fuera: la vía de dos pasos pide Documentación acreditativa de que el solicitante se encuentra incluido en el ámbito de aplicación personal del Acuerdo, en concreto, del inicio de su residencia en España, debiendo admitirse cualquier medio de prueba admitido en derecho, la prueba del inicio de la residencia por cualquier medio admitido en derecho, junto con la prueba de medios y cobertura sanitaria que las normas de libre circulación exigían en 2020. Certificados de empadronamiento, contratos de alquiler, facturas de suministros, expedientes escolares y extractos bancarios anteriores al 31 de diciembre de 2020 son lo que gana estos expedientes.

Antes de la cita: diez cosas que dejar resueltas

  • Su fecha. Localice la fecha de expedición de su certificado verde o de su tarjeta de familiar; la instrucción presume que su residencia legal empezó ese día, y eso decide si su tarjeta dirá «Temporal» o «Permanente».
  • Sus cinco años. Cuéntelos desde esa fecha, sumando el tiempo anterior y posterior al final de 2020 como exige el artículo 15; si los cinco años están completos, pida la tarjeta de diez años aunque su viejo certificado sea temporal.
  • Sus ausencias. Anote los meses que ha pasado fuera de España cada año desde que se inscribió; por debajo de seis meses al año, o de doce por un motivo importante, el reloj ha seguido corriendo, y solo más de cinco años consecutivos fuera pueden deshacer un derecho permanente.
  • Su pasaporte. Debe estar en vigor en la cita y en la recogida; un pasaporte caducado se admite con una copia y la solicitud de renovación, pero un pasaporte renovado entre las dos visitas obliga a llevar los dos.
  • Su padrón. La policía no lo pide en los casos de un paso, pero un certificado de empadronamiento reciente es lo primero que leerá la oficina de extranjería en un expediente de dos pasos y la primera prueba de continuidad en cualquier disputa.
  • La tasa. Genere y pague el modelo 790 código 012 antes del día, 12,00 € por persona, y lleve el justificante sellado o impreso; un justificante con el código equivocado es el motivo más común para que lo manden a casa.
  • La fotografía. Una fotografía reciente con los requisitos del documento nacional de identidad; en la cita también se toman las huellas, así que la persona debe acudir en persona.
  • La cita en sí. Pídala por el sistema de la policía en los casos de un paso y en la oficina de extranjería en los de dos; si no se abre nada durante semanas, guarde las capturas de pantalla fechadas, que sustentan las vías de queja que la guía británica enumera.
  • Sus viajes. No vuele entre la solicitud y la recogida con una tarjeta caducada o inexistente sin una autorización de regreso, y lleve la tarjeta con el pasaporte en cada viaje cuando la tenga, para que la exención del Sistema de Entradas y Salidas sea visible en la cabina.
  • Su familia. Soliciten juntos cuando puedan, ya que la instrucción dice que las solicitudes de una misma familia presentadas a la vez se tramitan conjuntamente; y lleve la prueba apostillada y traducida del vínculo de cualquier familiar que no sea británico ni ciudadano de la UE.

Qué hace nuestro equipo

El área de residencia y extranjería del despacho se ocupa del registro de ciudadanos de la UE y las tarjetas de familiar, de las renovaciones, modificaciones y residencias de larga duración, y de los recursos y la reconstrucción del expediente cuando se deniega, desde las oficinas de Costa Adeje y Corralejo y ante las oficinas de extranjería de Santa Cruz de Tenerife y Puerto del Rosario. Para un residente británico eso significa leer el certificado y las fechas para decir cuál de los seis casos es el suyo, contar los cinco años y las ausencias, preparar el EX-23 o el expediente de dos pasos con la prueba de residencia que la oficina aceptará, conseguir la cita y, cuando una tarjeta caduca con un viaje reservado, obtener a tiempo la autorización de regreso. El equipo asesora en español, inglés, alemán, ruso e italiano en la propia casa. Si su certificado verde sigue en el cajón, o su tarjeta caduca antes de un viaje, escríbanos con una copia del documento que tiene y las fechas en que se inscribió y viajó, y le diremos en qué fila de la tabla está y qué necesita la cita.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cambiar mi certificado verde por la TIE?

No. España eligió la vía declarativa del artículo 18.4, y la instrucción de 2020 dice expresamente que los beneficiarios no están obligados a solicitar una nueva condición ni un nuevo documento; el certificado verde sigue siendo prueba del derecho dentro de España. Desde el 10 de abril de 2026, sin embargo, el Sistema de Entradas y Salidas está plenamente operativo y la guía del Gobierno británico dice que el certificado verde no le exime de él en la frontera. El derecho está intacto; el documento que lo prueba ante las máquinas es la TIE.

¿Cuánto cuesta la tarjeta y cuánto tarda?

La tasa es de 12,00 € por persona, modelo 790 código 012, la misma que el certificado de registro, como exige el Acuerdo. En los casos de un paso la tarjeta se solicita en la policía en una visita y se recoge en una segunda, normalmente a las pocas semanas de la cita. En los casos de dos pasos la oficina de extranjería tiene hasta tres meses para resolver y el solicitante dispone después de un mes para pedir la tarjeta a la policía, con el resguardo de la oficina acreditando la estancia legal entretanto.

Mi TIE ha caducado. ¿He perdido la residencia?

No. La instrucción dice que no solicitar la renovación en los plazos nunca supone la pérdida de la residencia permanente. Solicítela en el mes anterior a la caducidad o en los tres meses posteriores; una solicitud tardía puede conllevar sanción. Lo que sí cuesta una tarjeta caducada es en la frontera, donde el Sistema de Entradas y Salidas solo lee un permiso válido, así que viajar entre la caducidad y la nueva tarjeta requiere una autorización de regreso.

Paso medio año en el Reino Unido. ¿Sigo siendo residente según el Acuerdo?

El Acuerdo mide la continuidad con la regla de libre circulación: las ausencias de hasta seis meses al año, o de hasta doce meses consecutivos por un motivo importante como una enfermedad, unos estudios o un destino laboral, no rompen la residencia mientras corren los cinco años. Una vez adquirida la residencia permanente, solo más de cinco años consecutivos fuera de España la extinguen. Seis meses fuera cada año son, por tanto, compatibles con el derecho; no lo son con ser tratado como residente en la frontera sin la tarjeta.

Mi mujer no es británica ni europea. ¿Puede obtener la misma tarjeta?

Sí. Los familiares están cubiertos por el artículo 10 del Acuerdo, incluido el cónyuge que se reúne con usted ahora si el matrimonio existía antes del final de 2020 y los hijos nacidos después. Un familiar sin tarjeta solicita primero en la oficina de extranjería, en el impreso EX-21, con la prueba apostillada y traducida del vínculo y su propio certificado o tarjeta; su tarjeta dura cinco años mientras usted tenga menos de cinco años de residencia y diez cuando tenga más.

Información general sobre el derecho tal como está en octubre de 2026 (Acuerdo de Retirada, artículos 10, 11, 13, 15, 18 y 39; la instrucción conjunta publicada por la Resolución de 2 de julio de 2020, BOE de 4 de julio de 2020; Reglamento (UE) 2017/2226, artículo 2; Reglamento (UE) 2016/399, artículo 2; Reglamento (UE) 2025/1534, artículo 2; Directiva 2004/38/CE, artículo 16; las páginas de la Comisión Europea y del Gobierno británico tal como se leyeron el 21 de octubre de 2026). No es un consejo sobre un caso concreto: sus fechas, sus ausencias, su familia y el documento que tiene deciden lo que le aplica.

Esta nota es información general, no asesoramiento jurídico. Para su situación concreta, consulte con un abogado.

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#Brexit #EES #Residencia permanente #TIE Compartir