Vivienda · 30 de junio de 2026 · 3 min de lectura

El «impuesto del 100%» a compradores extracomunitarios: dónde está de verdad

Olga Caballero & Co. Olga Caballero & Co.Despacho de abogados · Tenerife y Fuerteventura

En enero de 2025 el Gobierno anunció su intención de gravar la compra de vivienda por extracomunitarios no residentes hasta con el 100% del valor. Pocos titulares legales han viajado más lejos ni alarmado a más compradores británicos — y de otros países no UE — con la vista puesta en Canarias.

Año y medio después, las llamadas que recibimos siguen abriéndose con la misma pregunta: «¿Puedo comprar todavía — y cuánto me costará de verdad?»

Dónde está hoy la propuesta

La medida — formalmente un gravamen estatal complementario sobre transmisiones a extracomunitarios no residentes — entró en el Congreso como proposición de ley el 22 de mayo de 2025. Desde entonces:

  • No se ha debatido ni votado en el Congreso.
  • El paquete de vivienda de enero de 2026 la dejó fuera.
  • Socios parlamentarios clave se han opuesto públicamente, y especialistas en derecho constitucional y de la UE dudan de que sobreviviera un control en su forma actual.

En palabras llanas: a mediados de 2026 no existe ningún impuesto del 100%. Hoy no se paga nada adicional, y una compra cerrada es ley cerrada — por los principios generales del derecho tributario español, un impuesto nuevo no alcanza operaciones anteriores a su entrada en vigor.

Seguimos la tramitación para nuestros clientes; si algún día avanza, la respuesta sensata es planificar, no entrar en pánico.

Lo que un comprador paga de verdad en Canarias

Canarias sigue siendo una de las regiones más asequibles de España para transmitir:

  • Vivienda de segunda mano: ITP al tipo general canario del 6,5%.
  • Obra nueva: IGIC (el impuesto indirecto canario, en lugar del IVA) al 7%, más actos jurídicos documentados.
  • Notaría, registro y honorarios legales aparte — normalmente un 1–2% adicional.

Compárelo con el 10–11% de muchas regiones peninsulares y las islas salen mejor paradas, no peor, que antes de los titulares.

Un cambio que SÍ es real: comprar ya no compra residencia

La golden visa española terminó el 3 de abril de 2025. Comprar vivienda — al precio que sea — ya no conlleva permiso de residencia. Si su plan pasa por estar más de 90 días por cada 180 en España, la compra y la vía migratoria ahora se planifican por separado. Repasamos las vías que quedan en nuestra nota sobre la nueva realidad fronteriza.

La due diligence importa más que nunca

Los fundamentos de una compra segura no han cambiado, pero dos normas recientes alargan las comprobaciones:

  • Desde abril de 2025, las comunidades de propietarios pueden vetar nuevas viviendas vacacionales por mayoría de tres quintos — si compra para alquilar, los estatutos de la comunidad son ahora un punto del trato.
  • La nueva ley canaria de vivienda vacacional limita el uso turístico por municipio — la explicamos aquí.

Titularidad, cargas, licencias, comunidad, planificación fiscal: la parte aburrida es la que le protege.

El ruido del mercado cambia cada temporada. La ley cambia en fechas concretas, en boletines oficiales — y sobre eso deben construirse sus decisiones.

Si está sopesando una compra en Tenerife o Fuerteventura, nuestro equipo inmobiliario puede revisar su caso en su idioma — reserve una consulta.

Esta nota es información general, no asesoramiento jurídico. Para su situación concreta, consulte con un abogado.

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