Vivienda · 22 abr 2026 · 3 min de lectura

La nueva ley canaria de vivienda vacacional: qué significa la Ley 6/2025 para propietarios

Olga Caballero & Co. Olga Caballero & Co.Despacho de abogados · Tenerife y Fuerteventura

Alquilar una vivienda vacacional en Canarias se regía por un decreto de 2015 y bastante improvisación. Entre 2024 y finales de 2025 llegaron tres capas de ley nueva — y juntas redibujan el mapa para cada propietario de Tenerife y Fuerteventura.

Capa uno: el registro estatal — anulado en mayo de 2026

El Real Decreto 1312/2024 creó un registro único estatal de alquileres: desde el 1 de julio de 2025 todo alquiler de corta duración necesitaba un número de registro estatal y las plataformas debían retirar los anuncios sin él. El 19 de mayo de 2026 el Tribunal Supremo (sentencia 620/2026, Sala Tercera) anuló ese registro y la obligación de inscribirse: turismo y vivienda son competencias autonómicas, y el Estado no podía imponer encima un registro propio. Del decreto sobreviven la ventanilla única digital y el deber de las plataformas de comunicar al Estado los datos de la actividad. En la práctica: un número estatal ya no es condición para anunciarse, y el que ya tenga simplemente ha perdido ese papel — su registro canario es el que sostiene su derecho a operar.

Capa dos: su comunidad de propietarios tiene veto

Una reforma vigente desde el 3 de abril de 2025 permite a las comunidades aprobar — o rechazar — nuevas viviendas vacacionales en el edificio por mayoría de tres quintos. Los alquileres existentes que operan legalmente no quedan expulsados por el voto, pero quien compre «para alquilar» debe leer ahora las actas y los estatutos de la comunidad antes de firmar nada.

Capa tres: la ley canaria — Ley 6/2025

El 10 de diciembre de 2025 Canarias aprobó su propia ley de uso sostenible de la vivienda con fines turísticos, sustituyendo el decreto de 2015. Sus titulares:

  • Un tope: como regla, no más del 10% del parque de vivienda de cada municipio (o zona) puede dedicarse a alquiler vacacional — hasta el 20% en El Hierro, La Gomera y La Palma.
  • Zonificación municipal: los ayuntamientos deciden en qué zonas pueden aparecer nuevas licencias; los cabildos autorizan e inspeccionan.
  • La obra nueva espera: una vivienda no puede destinarse a uso turístico hasta diez años después de terminarse.
  • La vivienda protegida (VPO) queda excluida de plano, y se prohíben los edificios explotados enteros como hoteles de facto.
  • Los alquileres existentes y conformes continúan bajo reglas transitorias — pero «conforme» carga mucho peso en esa frase: registro, habitabilidad y el rastro documental cuentan.

Qué significa en Corralejo y Costa Adeje

Ambos núcleos son exactamente donde la demanda — y por tanto los topes — morderán primero. Dos consecuencias prácticas:

  1. Si ya alquila: verifique que su registro canario está en orden (el número estatal ya no sostiene su derecho a operar) y conserve pruebas de su actividad — la protección transitoria sigue al papeleo.
  2. Si compra para alquilar: la pregunta de la licencia va ahora antes de la compra, no después. Un piso sin consentimiento de la comunidad, en zona saturada o construido el año pasado puede sencillamente no obtenerla nunca — y su precio debería reflejarlo.

La era del «compra primero, licencia después» terminó en Canarias. Ahora la licencia ES el activo.

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Esta nota es información general, no asesoramiento jurídico. Para su situación concreta, consulte con un abogado.

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#Fuerteventura #Alquiler vacacional #Propietarios Compartir