La pensión compensatoria tras el divorcio: quién la recibe, durante cuánto tiempo y cómo se extingue
Uno de los dos hizo carrera durante el matrimonio y el otro dejó un empleo para criar a los hijos y llevar la casa. Treinta años después se divorcian, y la pregunta que no contestan ni una nómina ni una escritura es qué se le debe al segundo. El derecho español no lo trata como unos alimentos ni aplica una fórmula. Lo llama pensión compensatoria y lo vincula a un solo hecho: el desequilibrio que el divorcio deja entre los dos. Esta nota explica quién tiene derecho a ella, qué pondera el juez, cuánto y durante cuánto tiempo, la compensación distinta que existe para los matrimonios en separación de bienes, cómo se modifica la pensión y cómo se extingue, con tres sentencias recientes del Tribunal Supremo leídas enteras.
Qué es y qué no es
El Código Civil reconoce el derecho en una frase: El cónyuge al que la separación o el divorcio produzca un desequilibrio económico en relación con la posición del otro, que implique un empeoramiento en su situación anterior en el matrimonio, tendrá derecho a una compensación (artículo 97). Puede consistir en una pensión temporal o por tiempo indefinido, o en una prestación única.
El Tribunal Supremo añade lo que el derecho no es. No nace de que uno de los cónyuges simplemente gane más: la simple desigualdad económica no determina de modo automático un derecho de compensación. El tribunal ha dicho que la pensión compensatoria no es un instrumento puramente indemnizatorio, que no sirve para igualar dos economías ni dos patrimonios, y que no es estrictamente una pensión de alimentos (sentencia 1634/2025, de 13 de noviembre). Los alimentos de los hijos son otra obligación con otras reglas, que explicamos en nuestra nota sobre la pensión de alimentos de los hijos.
Lo que hace es colocar al cónyuge perjudicado en una situación de potencial igualdad de oportunidades laborales y económicas respecto de las que habría tenido de no mediar el vínculo matrimonial. La pérdida que busca el tribunal es concreta: derechos económicos o expectativas legítimas a los que uno de los cónyuges renunció por dedicar más tiempo a la familia.
El desequilibrio se mide en un día concreto. En palabras del tribunal, el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio, y lo que ocurra después no puede crear una pensión que entonces no procedía. Por eso se presume que no queda desequilibrio en una pareja que lleva años separada con economías independientes, y por eso la presunción cae cuando uno de los dos siguió manteniendo al otro durante todo ese tiempo.
Qué pondera el juez
A falta de acuerdo, el juez fija el importe atendiendo a nueve circunstancias que enumera el artículo 97. El tribunal usa las mismas nueve para decidir si hay desequilibrio, cuánto vale y si la pensión debe tener fecha de fin. La sentencia de 2025 las aplica una por una a un matrimonio real, y su razonamiento es la mejor guía para ver cómo funcionan.
| La circunstancia del artículo 97 | Lo que apreció el tribunal en el caso de 2025 |
|---|---|
| Los acuerdos a que hubieran llegado los cónyuges | No hubo acuerdo sobre el divorcio, pero desde que dejaron de convivir él le enviaba 6.000 y después 4.000 euros al mes |
| La edad y el estado de salud | Él tenía 60 años y ella 61 |
| La cualificación profesional y las probabilidades de acceso a un empleo | Él era un director de fotografía premiado y en activo; ella tenía formación de auxiliar administrativa y llevaba 24 años sin trabajo remunerado |
| La dedicación pasada y futura a la familia | Ella había criado a los dos hijos, lo que permitió a él seguir su carrera con ausencias frecuentes |
| La colaboración en las actividades profesionales del otro cónyuge | Ella le llevaba los papeles |
| La duración del matrimonio y de la convivencia | Un matrimonio de 33 años, unos 24 de ellos de convivencia |
| La pérdida eventual de un derecho de pensión | Ella tenía 10 años cotizados, sin llegar a quince, y había perdido la posibilidad de una pensión de la Seguridad Social |
| El caudal, los medios económicos y las necesidades de cada uno | Él declaró unos ingresos netos de unos 76.040 euros en 2022; ella no tenía ingresos |
| Cualquier otra circunstancia relevante | Estaban casados en gananciales, de modo que ella participaba en lo ganado y comprado durante el matrimonio |
El juzgado le había concedido 1.000 euros al mes durante un año y la audiencia 2.000 euros al mes por tiempo indefinido. El Tribunal Supremo fijó 1.400 euros al mes sin límite temporal.
Cuánto
No hay tabla oficial ni porcentaje de los ingresos. El Código enumera circunstancias, los tribunales las ponderan, y el Tribunal Supremo no revisa la cuantía fijada en apelación salvo que el razonamiento sea ilógico. Dos importes recientes muestran el abanico de lo que produce el mismo método, y ninguno es una tarifa: los 1.400 euros al mes del caso de 2025, y 600 euros al mes en un caso de 2024 en el que la esposa recibió además 100.000 euros por otra regla, que se explica más abajo (sentencia 229/2024, de 21 de febrero).
Lo que deben fijar la sentencia o el convenio también está en el Código: la periodicidad, la forma de pago, las bases para actualizar la pensión, la duración o el momento de cese y las garantías para su efectividad.
El reparto de los bienes de la pareja cuenta. Si estaban casados en gananciales, la liquidación puede suponer la atribución de bienes productivos que hagan desaparecer la situación de desequilibrio, y los tribunales han reducido o extinguido pensiones por esa razón. En el caso de 2025 se esperaba que la venta de la vivienda familiar dejara a cada cónyuge unos 195.250 euros, y el tribunal lo contó entre sus razones para el importe que fijó.
Durante cuánto tiempo
Una pensión con fecha de fin es una posibilidad, no la regla, y desde 2005 el Código la nombra expresamente. Para fijarla, el tribunal tiene que poder decir cuándo se superará el desequilibrio, y el Tribunal Supremo es estricto con ese pronóstico: Tal juicio prospectivo o de futuro deberá llevarse a efecto con prudencia, ponderación y con criterios de potencialidad real, determinada por consistentes índices de probabilidad. Una suposición no basta.
La edad pesa mucho. En los casos que el tribunal cita como ejemplos de pensiones sin límite temporal, las beneficiarias eran mujeres de 53 a 61 años, o con matrimonios de veinticinco años o más a sus espaldas, apartadas desde hacía mucho del trabajo remunerado y varias con una discapacidad reconocida. De una mujer de 61 años dijo que la edad que tiene no juega a su favor, sino en su contra: lo que importa no es si podría desempeñar un trabajo, sino si podría encontrarlo. Y probar que el otro no ha hecho ningún esfuerzo por encontrar trabajo corresponde al cónyuge que lo alega.
Indefinida no quiere decir vitalicia. La fijación de una pensión, como indefinida en el tiempo, no impide se deje sin efecto o que sea revisable por alteración de fortuna y circunstancias.
Separación de bienes: la compensación por el trabajo para la casa
Los matrimonios en separación de bienes, en el caso que sigue por capitulaciones firmadas días antes de la boda, tienen una segunda regla. Cada cónyuge conserva lo que gana, ambos deben contribuir a las cargas del hogar, y el Código añade: El trabajo para la casa será computado como contribución a las cargas y dará derecho a obtener una compensación que el Juez señalará, a falta de acuerdo, a la extinción del régimen de separación (artículo 1438).
La sentencia de 2024 muestra cómo funciona. La esposa había dejado un empleo administrativo cuando esperaba a su hija y llevó la casa sola durante más de dieciséis años mientras su marido ganaba y compraba bienes a su nombre. El tribunal confirmó 100.000 euros y repitió tres puntos de su doctrina. El cónyuge que paga no tiene por qué haberse enriquecido: no se exige un incremento patrimonial del deudor. Un periodo de trabajo remunerado al principio del matrimonio no elimina el derecho; se tiene en cuenta al fijar la cuantía. Y para poner cifra a un trabajo que no tiene precio, el tribunal puede partirse de un índice objetivo, entre los que se encuentran el salario mínimo interprofesional.
Los dos derechos pueden reclamarse a la vez, y uno afecta al otro. Como los 100.000 euros aumentaban los medios de ella y reducían los de él, el tribunal rebajó la pensión compensatoria de 950 a 600 euros al mes, también sin límite temporal.
Modificarla, sustituirla, pactarla
Una vez fijada en sentencia, la pensión sólo podrá ser modificada por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge que así lo aconsejen (artículo 100). Y en cualquier momento los dos pueden convenir sustituirla por la constitución de una renta vitalicia, el usufructo de determinados bienes o la entrega de un capital en bienes o en dinero (artículo 99).
El acuerdo ocupa el primer lugar en la lista del propio Código, y el tribunal describe el derecho como uno incardinable dentro de la esfera dispositiva de los cónyuges. Los límites también están en el Código: el juez aprueba el acuerdo de los cónyuges salvo que sea dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges (artículo 90), y las capitulaciones no pueden contener una estipulación contraria a las leyes o que limite la igualdad de derechos de cada cónyuge (artículo 1328). Si una renuncia firmada años antes del divorcio se sostendrá es algo que se decide caso por caso, y es una pregunta que conviene hacer a un abogado antes de fiarse de ella.
Cómo se extingue
El Código da tres causas: el derecho se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona (artículo 101). No se extingue con la muerte de quien paga: El derecho a la pensión no se extingue por el solo hecho de la muerte del deudor, aunque los herederos pueden pedir al juez que la reduzca o la suprima si la herencia no puede atenderla o afecta a su legítima.
La fecha desde la que se extingue depende de la causa, y una sentencia de junio de 2026 pone las dos reglas una junto a otra (sentencia 1038/2026, de 29 de junio). El nuevo matrimonio y la vida en pareja con otra persona pertenecen a la primera: el tribunal recuerda una sentencia de pleno de 2018, dictada en un caso de vida estable con una nueva pareja, que sostuvo que la causa consistente en contraer nuevo matrimonio produce su efecto desde que ese hecho tiene lugar, con independencia de la fecha en que es conocida esa situación o de cuándo se interponga la demanda; y una sentencia de 2019 que consideró indebido todo lo pagado después de la primera resolución que declaró extinguida la pensión. Un cambio en la economía de quien cobra pertenece a la segunda. En el caso de 2026 una exesposa había encontrado un empleo estable; el juzgado mantuvo su pensión y la audiencia la extinguió dos años después, y el exmarido demandó para recuperar los 17.400 euros que había pagado entretanto. Perdió: en palabras del tribunal, cada resolución produce efectos desde que se dicta, de modo que lo que pagó al amparo de la sentencia anterior era debido y no se devuelve.
La lección práctica es la misma en los dos casos: la pensión la extingue un tribunal, a petición de quien paga, y mientras una sentencia no diga otra cosa la obligación sigue en pie.
Impuestos, en una frase
En el impuesto sobre la renta, una pensión compensatoria pagada por decisión judicial puede reducir la base imponible de quien la paga y es rendimiento del trabajo para quien la recibe (Ley 35/2006, artículos 55 y 17); cómo se traduce eso en una declaración concreta es una pregunta para un asesor fiscal.
Parejas con más de un país
Cuando los cónyuges viven en países distintos, dos instrumentos deciden dónde se tramita la reclamación y qué ley la rige. El reglamento europeo de alimentos atribuye la competencia a los tribunales del lugar donde residen habitualmente el demandado o el acreedor, o al tribunal que conoce del divorcio cuando la reclamación se presenta con él (Reglamento (CE) 4/2009, artículo 3). La ley aplicable resulta del Protocolo de La Haya de 2007: como regla, la ley del país donde reside habitualmente el acreedor, con una norma especial entre cónyuges que permite a cualquiera de los dos oponerse cuando otra ley, en particular la de su última residencia común, presenta una vinculación más estrecha con el matrimonio, y con margen para que los dos elijan la ley por escrito (artículos 3, 5 y 8). Si una pensión compensatoria española es alimentos en ese sentido europeo es lo primero que hay que aclarar, porque el reglamento dice que el término debe interpretarse de manera autónoma, con un significado europeo propio. La competencia y la ley aplicable al divorcio en sí se tratan en nuestra guía sobre el divorcio en España.
Qué hace nuestro equipo de familia
Nuestra práctica de familia se ocupa de divorcios, custodia y alimentos, también en familias con dos países implicados: asesoramos sobre qué tribunales y qué ley se aplican, negociamos acuerdos siempre que es posible y litigamos ante los tribunales españoles cuando es necesario. El trabajo se describe en nuestra página de derecho de familia. Si nos escribe por una pensión compensatoria, envíe el certificado de matrimonio, las capitulaciones si las hay, las últimas declaraciones de la renta de los dos cónyuges y, si el divorcio ya está resuelto, la sentencia o el convenio.
Preguntas frecuentes
Mi marido gana tres veces más que yo. ¿Tengo derecho a una pensión compensatoria?
Solo por eso, no. La diferencia de ingresos tiene que ir acompañada de un empeoramiento de su posición causado por el divorcio, normalmente porque usted renunció a un trabajo o a unas expectativas por la familia. El juez pondera las nueve circunstancias del artículo 97, y la diferencia de ingresos es solo una de ellas.
¿Durante cuánto tiempo se paga?
Durante el tiempo que digan el convenio o la sentencia. Un tribunal solo puede fijar una fecha de fin si puede prever razonablemente cuándo se superará el desequilibrio; cuando no puede, como ocurre con un cónyuge cercano a los sesenta años que lleva décadas sin trabajar, fija la pensión sin límite, y aun así puede revisarse más adelante.
Mi exmujer vive ahora con una nueva pareja. ¿Puedo dejar de pagar?
Vivir maritalmente con otra persona extingue el derecho, pero es un tribunal quien lo declara. Pida la extinción en cuanto pueda probarlo y siga pagando hasta que haya resolución: el Tribunal Supremo ha sostenido que esta causa produce efecto desde el propio hecho, y en un caso consideró indebido lo pagado después de la primera sentencia que declaró extinguida la pensión.
Nos casamos en separación de bienes y yo me quedé en casa. ¿Me corresponde algo?
Posiblemente dos cosas. El trabajo para la casa da derecho a una compensación cuando termina el régimen, se haya enriquecido o no su cónyuge, y si el divorcio además le deja en peor situación puede pedir una pensión compensatoria. La primera se tiene en cuenta al fijar la segunda.
¿Podemos pactar un pago único en lugar de un pago mensual?
Sí. El propio artículo 97 admite una prestación única, y una pensión ya fijada puede sustituirse en cualquier momento, de común acuerdo, por una renta vitalicia, el usufructo de bienes o un capital.
Información general sobre el derecho vigente en octubre de 2026 (Código Civil, artículos 90, 97, 99, 100, 101, 1328 y 1438; Ley 35/2006, artículos 17 y 55; Reglamento (CE) 4/2009, artículo 3, y Protocolo de La Haya de 2007, artículos 3, 5 y 8; sentencias del Tribunal Supremo 229/2024, 1634/2025 y 1038/2026, leídas enteras). No es asesoramiento sobre un caso concreto: el régimen del matrimonio, su duración, aquello a lo que renunció cada cónyuge y lo que cada uno tiene deciden lo que puede reclamarse.
Esta nota es información general, no asesoramiento jurídico. Para su situación concreta, consulte con un abogado.
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