Familia · 1 sept 2026 · 9 min de lectura

Capitulaciones matrimoniales para parejas internacionales: elegir el régimen

Olga Caballero & Co. Olga Caballero & Co.Despacho de abogados · Tenerife y Fuerteventura

Un dato que sorprende a casi todas las parejas internacionales que recibimos: ustedes ya tienen un régimen económico matrimonial. Quizá nunca firmaron nada, nunca lo hablaron, nunca oyeron la expresión — pero en el momento de casarse, las reglas de algún país se adhirieron silenciosamente a su dinero, sus salarios, sus deudas y la vivienda que están a punto de comprar en Canarias. La única pregunta es si saben qué reglas son — y si son las que habrían elegido.

Para parejas de nacionalidades distintas, casadas en el extranjero o que han vivido en varios países, la respuesta casi nunca es obvia. Este es el mapa: qué es un régimen económico, cómo deciden las normas europeas cuál rige el suyo, y cómo un breve documento notarial — las capitulaciones matrimoniales — les permite decidirlo ustedes.

Todo el mundo está casado bajo un régimen

Un régimen económico matrimonial responde a las preguntas menos glamurosas de la vida en común: ¿tu salario es tuyo o nuestro? ¿Quién debe la deuda que firmó uno de los dos? ¿Qué se reparte exactamente si el matrimonio termina, y qué pertenece al superviviente antes incluso de que empiecen las reglas de la herencia?

El Derecho español ofrece varios modelos y — detalle que sorprende hasta a los españoles — el régimen por defecto depende del territorio:

  • Sociedad de gananciales — el modelo de comunidad, y el supletorio en la mayor parte de España, Canarias incluida: lo que cualquiera de los dos gana durante el matrimonio es, como regla, común; lo que cada uno tenía antes, más regalos y herencias, sigue siendo privativo.
  • Separación de bienes — cada cónyuge es dueño y administrador de lo que gana y adquiere. Es el régimen supletorio en Cataluña y Baleares, y el elegido por muchos empresarios en el resto del país, porque mantiene el riesgo profesional de un cónyuge lejos del patrimonio familiar.
  • Participación — un híbrido poco utilizado: separación mientras dura el matrimonio, con participación en las ganancias del otro cuando termina.

Ninguno es «mejor». Reparten de forma distinta el riesgo, la independencia y la protección — y precisamente por eso la elección merece hacerse de forma consciente, no heredarse de un supletorio.

Qué ley rige el suyo

Aquí es donde las parejas internacionales necesitan el mapa, porque antes de preguntarse «¿gananciales o separación?» hay una pregunta previa: ¿es siquiera la ley española la que les aplica?

Para los matrimonios celebrados a partir del 29 de enero de 2019, la respuesta viene del Reglamento (UE) 2016/1103 sobre regímenes económicos matrimoniales, que España aplica:

  • Pueden elegir la ley aplicable — la de la residencia habitual o la de la nacionalidad de cualquiera de los dos en el momento de elegir. Una pareja germano-italiana que vive en Tenerife puede optar por la ley española, la alemana o la italiana.
  • Si no eligen nada, el Reglamento asigna una ley mediante una cascada de conexiones encabezada por su primera residencia habitual común tras la boda — un dato que muchas parejas no sabrían nombrar con seguridad años después.

Dos matices importan enormemente en la práctica:

  • ¿Casados antes de 2019? Las reglas de ley aplicable del Reglamento no miran atrás. Su régimen se rige por las normas de conflicto anteriores — en España, el artículo 9.2 del Código Civil, que atiende a la nacionalidad común al casarse, después a ciertas elecciones previas a la boda y después a la primera residencia habitual común. Reglas distintas y, potencialmente, respuesta distinta.
  • La puerta está abierta igualmente. Sea cual sea la fecha de su boda, el Reglamento permite a los cónyuges elegir hoy la ley aplicable — una elección hecha ahora, ante notario, puede sustituir años de incertidumbre por una frase clara. Para muchas parejas casadas fuera hace tiempo, esto es lo más útil de toda esta página.

Una advertencia honesta: no todos los países de la UE participan en el Reglamento (lo adoptó un grupo de Estados miembros, España entre ellos), y Reino Unido, Irlanda y Dinamarca están fuera. La posición de una pareja británica puede verse distinta desde Londres que desde Santa Cruz — las parejas transfronterizas deberían contrastar las dos perspectivas a la vez.

Capitulaciones: cómo se elige

El vehículo español para todo esto es la escritura de capitulaciones matrimoniales — una escritura notarial en la que los cónyuges (o futuros cónyuges) fijan su régimen, eligen la ley aplicable donde las normas europeas lo permiten y recogen los demás pactos patrimoniales que deseen.

La mecánica, según el Código Civil:

  • Escritura pública o nada. El artículo 1327 hace de la escritura una condición de validez — un documento privado, por solemne que sea, no son capitulaciones.
  • Antes o después de la boda. Pueden otorgarse de novios o veinte años después; el régimen también puede cambiarse durante el matrimonio por la misma vía.
  • Las prematrimoniales caducan. Conforme al artículo 1334, lo estipulado bajo el supuesto de futuro matrimonio queda sin efecto si la boda no se celebra en el plazo de un año.
  • Los terceros quedan protegidos. El cambio de régimen no perjudica en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros (artículo 1317) — no se puede capitular para escapar de las deudas de ayer.
  • La publicidad es lo que le da mordida. Las capitulaciones se mencionan en la inscripción del matrimonio en el Registro Civil y, si afectan a inmuebles, se toman razón en el Registro de la Propiedad — eso es lo que hace el régimen oponible a bancos y acreedores, no solo entre ustedes dos.

Cuándo merece la pena

Situaciones en las que aconsejamos rutinariamente a parejas internacionales poner el régimen por escrito:

  • Van a comprar vivienda en España. El régimen decide cómo se inscribe la compra, qué puede vender o hipotecar después cada cónyuge y qué ocurre con la casa en caso de divorcio o fallecimiento. La claridad antes de la notaría gana por goleada al pleito de después.
  • Uno de los dos tiene una empresa. La separación de bienes es el escudo clásico: el riesgo profesional del emprendedor se detiene en su propio patrimonio. Debe estar debidamente registrada para funcionar frente a acreedores — y no rescata deudas ya nacidas.
  • Se casaron fuera y se han mudado desde entonces. Parejas que se casaron en un país, vivieron en otro y se asentaron en un tercero a menudo no saben, de verdad, qué ley rige su dinero. Una elección de ley en capitulaciones acaba con la duda.
  • Patrimonios desiguales o segundos matrimonios. Con hijos de relaciones anteriores o bienes familiares en juego, el régimen y el testamento se diseñan juntos — del testamento español del residente extranjero nos ocuparemos este mismo mes.
  • El banco pregunta. Los prestamistas y los notarios necesitan conocer su régimen; «no estamos seguros» es una respuesta que cuesta tiempo y a veces dinero.

Cómo es la cita notarial

Menos dramática de lo que sugiere la fama de los «prenups». Con el asesoramiento tomado y la decisión hecha, la escritura es una sola cita: identificación (pasaportes y, si son residentes, NIE), datos de estado civil, certificado de matrimonio para los ya casados — documentos extranjeros apostillados y traducidos cuando toca — y el texto de los pactos. Quien no hable español firma con traducción o intérprete, para que el consentimiento sea informado. Un poder notarial puede suplir la asistencia si uno de los dos no puede acudir.

El coste es modesto para lo que resuelve, el efecto entre cónyuges es inmediato y el registro se encarga del efecto frente a los demás.

Lista de comprobación para parejas internacionales

  • Reconstruyan — con fechas — dónde vivía cada uno y qué nacionalidad tenía al casarse: de eso se alimentan las reglas por defecto.
  • Si se casaron antes de 2019, no den por hecho que las normas europeas nuevas eligieron su ley; hasta que elijan, rigen las antiguas.
  • Si no pueden decir con certeza qué régimen les rige hoy, tomen esa incertidumbre como el diagnóstico — descubrirla en un divorcio o una herencia sale caro.
  • ¿Deciden actuar? El camino es uno: capitulaciones ante notario, con la elección de ley y de régimen negro sobre blanco.
  • ¿Van a comprar o a prestarse dinero entre ustedes? Primero el régimen en orden, después la firma.
  • ¿Casados con un prenup extranjero? Háganlo revisar frente a la posición española — el reconocimiento no es automático en todos sus detalles.
  • Recuerden los límites: ninguna capitulación puede dañar derechos que los terceros ya tienen.

Un régimen económico se elige una vez, con calma, ante notario — o se descubre después, caro, en un juzgado.

Nuestro equipo de familia diseña capitulaciones y acuerdos de elección de ley para parejas internacionales en Tenerife y Fuerteventura — en su idioma y coordinado, cuando hace falta, con las reglas de su país de origen. Lea más sobre cómo trabajamos en derecho de familia, vea nuestra guía del divorcio internacional en España o reserve una consulta en nuestras oficinas de Costa Adeje o Corralejo.

Preguntas frecuentes

Nos casamos fuera hace años y nunca firmamos nada. ¿Qué régimen tenemos?

Uno asignado por reglas supletorias — cuáles, depende sobre todo de cuándo se casaron. Desde el 29 de enero de 2019 aplica la cascada del Reglamento europeo, encabezada por la primera residencia habitual común tras la boda; los matrimonios anteriores siguen las normas de conflicto antiguas, como el artículo 9.2 del Código Civil. Si no pueden responder con seguridad, esa es exactamente la señal para examinarlo — y, si conviene, elegir expresamente ahora.

¿Podemos cambiar de régimen después de casados?

Sí. Las capitulaciones pueden otorgarse — y modificarse — en cualquier momento del matrimonio, siempre en escritura pública. El cambio surte efectos hacia delante y nunca perjudica los derechos ya adquiridos por terceros, como los acreedores existentes.

¿Vale en España nuestro prenup extranjero?

Posiblemente, en todo o en parte — depende de la ley que rija su régimen, del contenido del acuerdo y de los requisitos de forma. La práctica española examina los pactos matrimoniales extranjeros caso por caso; muchas parejas optan por reiterar lo esencial en capitulaciones españolas, para que notarios, registros y bancos trabajen aquí con un documento claro.

¿Qué es mejor, gananciales o separación de bienes?

Ninguno en abstracto. La comunidad pone en común las ganancias del matrimonio; la separación mantiene individuales el riesgo y la propiedad — lo que protege al cónyuge del empresario, pero puede dejar con menos al que ganó menos. La respuesta correcta depende de su patrimonio, su trabajo y sus planes: para eso está la fase de asesoramiento.

¿Tenemos que estar los dos en España para firmar?

No. Cualquiera de los dos puede otorgar un poder — ante notario español, en un consulado o ante notario extranjero con apostilla y traducción — y ser representado en la firma.

Este artículo es información general sobre el Derecho español y europeo vigente en la fecha de publicación, no asesoramiento jurídico para su caso concreto. Qué ley rige un matrimonio concreto solo puede confirmarse tras revisar sus fechas, nacionalidades y residencias.

Esta nota es información general, no asesoramiento jurídico. Para su situación concreta, consulte con un abogado.

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