Derecho Fiscal en Tenerife y Fuerteventura
Declaraciones de no residentes, impuestos del inmueble y el régimen canario — planificados y presentados.
Canarias juega con sus propias reglas fiscales.
Qué llevamos
- IRNR: la declaración anual de no residentes
- Fiscalidad de la compra, la venta y el alquiler
- La retención del 3% al vender un no residente
- Residencia fiscal planificada antes de mudarse
- Alta y declaraciones de IGIC para empresas
- Asesoría del régimen canario: REF, RIC y ZEC
- Sucesiones y donaciones planificadas entre países
- Inspecciones, requerimientos y recursos fiscales
IGIC en vez de IVA, incentivos propios, particularidades de no residentes — convertimos el régimen fiscal del archipiélago en ventaja y no en trampa.
Asesoramos a residentes, propietarios no residentes y empresas en fiscalidad canaria y española: la declaración anual de no residentes, los impuestos de comprar, vender y alquilar, la residencia fiscal cuando se muda y el Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) para sociedades. Asesoramiento y presentación, las dos cosas.
En la práctica: la Agencia Tributaria y la ATC, la retención del 3% cuando vende un no residente, la plusvalía municipal — y los plazos que multiplican en silencio una factura cuando se escapan. Nosotros llevamos su calendario.
Tres historias que oímos cada semana.
«Alquilo mi apartamento de Tenerife unas semanas al año — ¿debo tributar aquí?»
«Vendimos la casa y el comprador retuvo el 3% del precio.»
«Me he mudado a Fuerteventura. ¿Dónde tributo ahora?»
Cómo trabajamos
Olga Caballero
Fundadora y abogada — Costa Adeje · CorralejoAsesorando a clientes internacionales en Canarias desde 1998, en persona y por vídeo. Los expedientes fiscales unen a la abogada con los números: quien planifica su situación firma también las declaraciones — y responde ante Hacienda a su lado.
Español · English · Deutsch · Русский · ItalianoCinco idiomas en el despacho — y vídeo con traducción en directo para cinco más.
Olga Caballero Martel · Colegiada nº 2805, Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas.
Conozca el despachoEn sus palabras
El mejor gestor de la isla si necesita ayuda con cualquier tema fiscal — el sitio al que ir. Cinco estrellas, bien merecidas.
Excelente atención y trámites muy rápidos.
Una excelente atención y muy buena disposición y un elevado nivel de profesionalidad.
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Fiscal — lo que más nos preguntan.
Soy propietario no residente. ¿Qué impuestos me afectan?
El IRNR anual (incluso sin alquilar), el IBI municipal y los impuestos de cualquier venta — incluida la retención del 3% del comprador y la plusvalía. Una declaración anual mantiene a la mayoría de propietarios totalmente al día.
¿Qué es el IGIC?
El impuesto indirecto canario, que sustituye al IVA peninsular con tipos generalmente más bajos. Si tiene negocio aquí, el alta y las declaraciones de IGIC sustituyen a las de IVA — con reglas propias.
¿Cuándo me convierto en residente fiscal en España?
A grandes rasgos: más de 183 días al año en España, o su centro de intereses económicos aquí. Las consecuencias alcanzan su renta mundial, así que la mudanza conviene planificarla antes de hacerla, no después.
¿Pueden entenderse con Hacienda por mí?
Sí. Con una simple autorización recibimos las notificaciones, contestamos requerimientos y presentamos recursos — los plazos del procedimiento tributario son cortos, y perderlos suele costar el argumento.
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Otras áreas de práctica
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